Código de Ética y Conducta

APLICACIÓN: En DATA CLIENT DE ARGENTINA, el presente Código de Ética y Conducta está destinado a su aplicación en todo su funcionamiento, tanto interno, vale decir su personal y autoridades;  y en su interacción con otras personas ajenas, empresas, organismo públicos, funcionarios, etc.

DIFUSIÓN: Se dará a conocer y estudiar a todos los empleados y autoridades de la empresa, como así también se comunicará cualquier actualización de las normas legales y/o modificación o adenda del presente que implique mejoras y superación de objetivos éticos y de conducta.

HERRAMIENTAS: para cumplir con la finalidad del presente Código es menester contar con herramientas necesarias de control y denuncias, para ello contamos con tres vías dos propias y una gubernamental: denuncias telefónicas, denuncias electrónicas y denuncias en la pagina web de la oficina anticorrupción.

Es importante la actuación de buena fe en la denuncia, y en la medida de lo posible tratar de dejar la mayor cantidad de datos relevantes para iniciar un proceso de conocimiento de la posible falta o comisión de un delito, a los efectos de acompañar todo lo recolectado y proceder en consecuencia hacia los canales internos o bien denunciar ante las autoridades pertinentes.

Todas las denuncias tienen carácter anónimo y se tratará con la mayor discreción y en caso de no revestir tal carácter, de ninguna manera se podrá tomar represalia o medida alguna en contra del denunciante.  El objetivo de cualquier denuncia relacionada con comportamientos que configuren una violación del presente Código es resolver y rectificar los mismos y en su caso, de corresponder ponerlos a derecho mediante la denuncia pertinente.

MISION: El presente CODIGO de DATA CLIENT DE ARGENTINA, sirva de guía conceptual de lo que es deseable y debido en las conductas de todos sus integrantes y también como guía en las relaciones comerciales y sociales, siendo de aplicación en nuestro tiempo laboral y como representantes de una PYME que se rige por las buenas costumbres, la ética y por supuesto de conformidad a las leyes, en especial a la ley 27.401 de “Responsabilidad de las personas jurídicas” http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/295000-299999/296846/norma.htm

DATA CLIENT DE ARGENTINA

CONSIDERACIONES: Nuestra PYME se regirá por valores universales en el trato con las demás personas, las cuales ya se venían aplicando desde nuestra creación allá por el año 2005. Desde el origen, hemos contado con la ayuda del fabricante HEWLETT PACKARD, el cual siempre bregó por impulsar en todos sus canales respeto por los trato correcto y permanente vigilancia de conductas equivocadas o ilícitas, por tanto, desde el comienzo contamos con reglas claras de conducta social y comercial, dirigida al funcionamiento y forma de hacer negocios con los diversos actores de nuestra economía, puesto que el rubro al que nos dedicamos, genera interacciones con la mayoría de las empresas de cualquier rubro y calidad, ¡todos necesitan tecnología!

A.- PRINCIPIOS Y VALORES DE ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD: Es un valor que está en la conciencia de la persona y se exterioriza en acciones familiares, laborales, sociales, etc. En la mayoría de los casos, esta viene marcada por un rol, un cargo o una circunstancia, apuntado a nuestra incumbencia, dentro de toda organización empresarial, es fundamental, como principio rector, abarca no solo a la empresa en su compromiso con sus clientes y proveedores, sino también en el accionar de las conductas de sus empleados y directivos, por ejemplo cumplir con la jornada laboral, puntualidad, disciplina, el respeto, el compromiso de cumplir acuerdos, promesas y obligaciones. Debemos cultivar la responsabilidad para que sea aprendido y asimilado en la conciencia de las personas involucradas, que le permitan reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de su accionar. Es crucial en la toma de decisiones que la misma se tome con responsabilidad.

TRANSPARENCIA: nuestra empresa, debe caracterizarse por ser abierta y honesta internamente, este principio debe aplicarse también con las personas de las diferentes empresas en contacto. Debemos trabajar con todo el personal en promover la transparencia como valor, una relación de confianza entre empleados, proveedores y clientes, una persona en un ambiente que cumple este principio es responsable, honesta y que cumple con sus tareas asignadas de la forma debida.

Las personas transparentes se muestran tal cual son. Para muchas personas la transparencia es un valor social que genera confianza, seguridad y muestra el lado positivo de los individuos, aplicada en nuestro ambiente laboral favorece la coordinación del trabajo (mayor previsibilidad de accionar), generando una atmosfera de trabajo cordial y pujante.

A través de la transparencia, la empresa hace saber a la sociedad cómo actúa.

PROACTIVIDAD: si bien este principio podría ser abarcado en la RESPONSABILIDAD, es una característica muy importante y que deseamos remarcar y promover en todo nuestro personal, significa adoptar una conducta eficiente y enfocada a la excelencia, la calidad y voluntad del servicio. Tomar la iniciativa para desarrollar soluciones para situaciones que están por ocurrir o bien una vez producidas las situaciones problemáticas darles pronta y eficaz solución.

COOPERACIÓN: Nada se logra en forma individual, las soluciones requieren muchas veces de cooperación entre sectores diferentes de la empresa, es ahí donde surge este principio y debe armonizar con los anteriores. Actuando en consonancia y fluidez es posible dar respuesta rápida y adecuada a todas las situaciones que impliquen el trabajo de varias personas en forma simultánea.

INNOVACIÓN: en el rubro informático la innovación es una constante. El riesgo de quedar obsoleto y fuera de competencia nos obliga a buscar permanentemente innovar, en nuestra organización, en nuestro trato con los clientes, en las soluciones que brindamos. Somos un canal de tecnología que brinda valor agregado a los productos que ofrecemos.

DERECHOS HUMANOS: El respeto de todos los derechos constitucionales y en particular el respeto de los Derechos Humanos es una de las bases sobre la que se asienta las relaciones sociales y laborales que promovemos, corresponde a cada uno de nosotros /as los que integramos DATA CLIENT DE ARGENTINA velar por su vigencia y cumplimiento. Solo a través de su cumplimiento tendremos una sociedad más justa e igualitaria. Todos los empleados y demás personas tienen derechos a no ser discriminados, a la seguridad, a la libertad de asociación, a la inclusión, etc.

Como empresa debemos contribuir a la promoción y protección de los Derechos Humanos. La Declaración Universal de Derechos Humanos insta a que tanto los individuos como las instituciones, colaboren en la tarea de garantizar la aplicación Universal de los Derechos Humanos.

La aplicación de los Derechos Humanos a la que se encuentran obligadas todas las autoridades se rige por los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. El principio de la universalidad. Todas las personas son titulares de todos los Derechos Humanos.

https://www.argentina.gob.ar/derechoshumanos/proteccion/ddhh-y-empresas

LEGALIDAD: Debemos destacar que nuestra política de acción, responde y se apoya en las leyes generales y particulares aplicables, como así también a pautas de dirección y colaboración para llevar adelante esta empresa y su misión. Es indispensable que todos nuestros empleados y directivos cumplan con todas las regulaciones legales correspondientes, tómese este Código de Conducta como un principio acotado del accionar debido, de todas formas, todo lo que no esté incluido, debe estarse por lo normado en las leyes laborales, civiles, penales, que en nuestra actividad son de aplicación y a las cuales debemos someternos.

La conducta de todos los que integramos DATA CLIENT DE ARGENTINA, debe ser legal y ética, cumplir con el Código de Ética y conducta y con las leyes, asimismo debemos dejar en claro la primacía de la ley, dejando asentado que no se podrá aplicar ningún tipo de sanción o apercibimiento por negarse a cumplir alguna disposición de nuestro Código, si la misma está en contradicción con la normativa vigente.

B.- HERRAMIENTAS DE COLABORACIÓN PARA CUMPLIMIENTO DEL CODIGO DE CONDUCTA

Para poder velar por el cumplimiento de las buenas conductas y prácticas; para facilitar y cuidar a los posibles colaboradores es que contamos con diferentes herramientas:

•             Comunicación electrónica: cualquier persona puede enviar un mail sin identificación de origen a través de correo electrónico disponible en nuestra página http://www.dataclient.com.ar/index.php/canales-para-denuncias , donde se podrá denunciar, reportar situaciones o comportamientos que estimen irregulares o no éticos.

•             Línea de Comunicación: llamando al 4343-4476 interno 123 (recursos humanos), usted podrá reportar comportamientos éticos irregulares que serán transcripto a un mail al cual se asignará un número de caso.

Estas herramientas deben ser usadas en forma correcta sin desviar el objeto que se pretende resguardar cual es, la ética, conflictos de intereses, incumplimientos de normas legales (delitos), actuar irregular fuera del CODIGO DE CONDUCTA o de la ley 27.401

Para promover el cumplimiento, toda persona que reporten situaciones reñidas con el presente CODIGO o con la ley, serán protegidas y no se podrán tomar ninguna medida que se considere represalia o sanción por el sólo hecho de denunciar. Será considerada un colaborador o victima según el caso, de inmediato se deberá proceder a investigar y recabar todo lo atinente que ayude a la resolución y rectificación de las conductas reprobadas o bien recurrir a la justicia.

•             En casos de delitos de corrupción, usted puede acudir directamente a la Oficina Anticorrupción a través de su página de denuncias:  http://denuncias.anticorrupcion.gob.ar/tipo_denuncia.php?id=1

C. – PROCEDIMIENTO

CONSIDERACIONES: El CODIGO DE CONDUCTA tiene como objetivo promover conductas de sus empleados y directivos, ajustados legal y éticamente. Lograr un ambiente sano de trabajo, donde se pueda trabajar, desempeñando sus saberes, sin presiones, cooperando todos los sectores en pos de brindar soluciones tecnológicas adecuadas, respetar la diversidad, los derechos humanos, laborales, gremiales, cumpliendo con las normas generales y ordenanzas. Observar las buenas prácticas.

SUJETOS

Son todos los sujetos obligados a cumplir con el CODIGO  DE CONDUCTA, y por lo tanto incluye a empleados y directivos.

FINALIDAD

Ajustarse a las normas legales, somos una empresa creada y radicada en la REPUBLICA ARGENTINA y por lo tanto sometida a todo su ordenamiento jurídico.

PROHIBICIÓN

Están prohibidas las siguientes prácticas:

Práctica Fraudulenta: Cualquier hecho u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberadamente o por negligencia, engaño o intento de engañar a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole, propio o de un tercero o para evadir una obligación a favor de otra parte.

Práctica Corruptiva: Consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, de manera directa o indirecta, algo de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte.

Práctica Coercitiva: Consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, de manera directa o indirecta, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar en forma indebida las acciones de una parte.

Práctica Colusoria: Acuerdo realizado entre dos o más partes con la intención de alcanzar un propósito indebido o influenciar indebidamente las acciones de otra parte.

Práctica Obstructiva: Aquella que se realiza para: (a) deliberadamente destruir, falsificar, alterar u ocultar pruebas materiales para una investigación, o hacer declaraciones falsas en las investigaciones, a fin de impedir una investigación sobre denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias; y/o amenazar, acosar o intimidar a cualquiera de las partes para evitar que ellas revelen el conocimiento que tienen sobre temas relevantes para la investigación, o evitar que siga adelante la investigación, o (b) emprender intencionalmente una acción para impedir físicamente el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría y acceso a la información que soliciten las autoridades.

D.- CUMPLIMIENTO

Se establece como requisito fundamental que todos los sujetos obligados a cumplir con el presente Código, lean y comprendan el presente, se notifiquen de su existencia, para poder obrar de conformidad a lo que se exige y es esperable.

En caso de tener alguna duda o consulta relativa a la misma, podrá ser efectuada de inmediato a la persona encargada de Recursos Humanos que brindará asistencia y bibliografía necesaria. Asimismo se brindarán diferentes talleres y prácticas relativas al programa de integridad adoptado.

E.- POLITICAS DE ACCION

DATA CLIENT DE ARGENTINA, una PyME comprometida con el país, apostando al crecimiento continuo de sus colaboradores, y convencida de que el logro debe ser conjunto y duradero, es que promovemos conductas éticas y sometidas al derecho.

  • Estas conductas que promovemos están en contraposición con las siguientes que detallamos y por lo tanto prohibimos:

Soborno y corrupción: tal como establece la ley y la ética, se prohíbe cualquier acto de soborno y/o corrupción. Se entiende por este, todo práctica de ofrecer ventaja o pago, de cualquier naturaleza o clase para cualquier persona, incluyendo, pero sin ser limitativo, a funcionarios públicos, partidos políticos, Sector Público o cualquier empresa privada o persona con la intención de obtener o mantener, ilícitamente, negocios u otras ventajas o pretender que ésta abuse de su influencia en beneficio de la empresa.

El soborno y la corrupción no sólo son contrarias a los valores de nuestra empresa, sino que son ilegales y pueden exponer tanto a nuestros empleados como a la empresa a severas sanciones y consecuencias penales.

Las leyes anticorrupción son muy estrictas, ejemplo multas elevadas, prisión, etc.

Poseemos una política de tolerancia cero para ofrecer o aceptar sobornos o coimas. Cumplimos cabalmente las leyes anticorrupción que delimitan nuestras responsabilidades en las actividades que desempeñamos.

  • Terceros

Todas las actividades comerciales se realizan entre grupos de empresas, empresas, personas, organismos estatales, provinciales, municipales. Toda esta interacción debe seguir pautas concretas y de cumplimiento obligatorio.

Ninguna empresa puede evitar su responsabilidad utilizando a un tercero para dar o recibir sobornos. Por “terceros”, nos referimos, entre otros, a asesores, agentes, representantes, subcontratistas y vendedores. DATA CLIENT DE ARGENTINA tiene requisitos estrictos que deben ser respetados. Siempre que DATA CLIENT DE ARGENTINA quiera incluir a un tercero que interactúe con un funcionario público en nombre de ella. Los terceros deben expresar su consentimiento por escrito para cumplir con todas las leyes contra la corrupción y en particular con la ley y este CODIGO.

  • Funcionarios públicos

DATA CLIENT DE ARGENTINA, está inscripta en varias registros de proveedores de organismos públicos (nacionales, provinciales, C.A.B.A.) su radio de acción comprende varias jurisdicciones, y por supuesto somos habituales oferentes de los distintos procedimientos que se publican.

En el ámbito de la administración pública, las personas jurídicas son responsables, por los delitos previstos en las normas de anticorrupción que hubieren sido realizados, directa o indirectamente, con su intervención o en su nombre, interés o beneficio.

También son responsables si quien hubiere actuado en beneficio o interés de la persona jurídica fuere un tercero que careciese de atribuciones para obrar en representación de ella, siempre que la persona jurídica hubiese ratificado la gestión, aunque fuere de manera tácita.

La persona jurídica quedará exenta de responsabilidad sólo si la persona humana que cometió el delito hubiere actuado en su exclusivo beneficio y sin generar provecho alguno para aquella.

SOBRE PROCESOS PÚBLICOS

Párrafo aparte y requiere especial cuidado

Siendo DATA CLIENT DE ARGENTINA, un habitual oferente de la administración Pública y organismos descentralizados, es aquí donde debe primar la transparencia y cumplimiento de valores éticos.

Si bien en los últimos años, todos los gobiernos han implementado sistemas de seguimiento de procesos públicos informatizados que ayudan a prevenir y detectar cualquier posible comisión de delito, o bien de transgresión de principios de igualdad de todos los oferentes, es que velamos también por ser colaborador de la administración, en el cumplimiento y respeto de la ley aplicable a nuestra actividad. Por ejemplo:

  • Está prohibido cualquier tipo de regalo u obsequio, con el fin de obtener alguna ventaja indebida o influir en las decisiones de un funcionario público.
  • Todas las ofertas efectuadas por los ejecutivos de venta de nuestra empresa son revisadas por el Gerente de sector ventas y controladas posteriormente por el sector de administración.

PROTOCOLO DE ACTUACION

Está destinado a todo el personal que interviene en la confección y presentación de ofertas en procedimientos de oferta pública. A tal efecto en cada proceso a presentarnos, deberemos asignar un equipo de trabajo teniendo en cuenta las siguientes directrices:

  1. Se define los roles de actuación según el grado de intervención en los procesos.
  2. Se identifica posibles riesgos que aparecen en función de rol asignado
  3. Se establece un modo de conducta ética y legal de conformidad al presente y a las leyes aplicables.
  4. Se identifican al inicio los posibles impedimentos para poder actuar, si no es posible removerlos, se da por finalizada la participación en el proceso.
  5. Se establece la manera de contactar y tratar con la contraparte pública (funcionarios).

Normas de actuación

No hay lugar para grises, es necesario aplicar fielmente la ley 27.401/17, la misma tiene como finalidad dotar de mayor eficacia a las políticas de prevención y lucha contra la corrupción, a través de la generación de incentivos para que las personas jurídicas prevengan la comisión de estos delitos y cooperen con las autoridades para lograr una mayor eficacia en la aplicación de la ley penal.

A esta ley debe su existencia nuestro programa de integridad, que incluye una serie de herramientas y mecanismos internos, para controlar prevenir, corregir irregularidades y actos ilícitos. Todo el personal actuante debe conocer el CODIGO DE CONDUCTA, la ley 24.401/17, los cuestionarios que se proporcionaron para ayudar a la comprensión de las conductas debidas, las horas de capacitación relativas al tema en cuestión, etc.

Para mejor proveer, mencionamos algunas conductas:

  • Evitar conductas que puedan ser mal interpretadas como un intento de conseguir contraprestaciones indebidas.
  • Estar asignado al proceso y por lo tanto con el poder de asumir obligaciones.
  • Seguir los procedimientos dictados por el organismo pertinente que efectúa el proceso, principalmente en lo que respecta a la manera de comunicarse y solicitar aclaraciones.
  • No mantener conversaciones informales, que no estén detalladas en el procedimiento licitatorio.
  • En caso de conflicto de interés real o potencial de la persona asignada al proceso, avisar al gerente comercial para su remoción en caso de ser posible o bien desestimar la participación de la empresa en el procedimiento licitatorio.
  • Abstenerse de efectuar cualquier tipo de regalo u obsequio, favor o promesa de empleo a funcionario público que pueda inducir a cualquier tipo de favor.
  • Rehusarse a efectuar cualquier entrega de dinero u objetos de valor que tengan como fin facilitar o agilizar trámites o gestiones de cualquier organismo público.
  • No utilizar información privilegiada o confidencial relacionada con sus funciones en beneficio personal.
  • En caso de ofrecimiento de funcionario público que se considere indebido o contrario a lo establecido en el programa de integridad, el personal asignado deberá dar inmediato aviso a los directivos de DATA CLIENT DE ARGENTINA a fin de que se tomen los recaudos pertinentes.

Debemos destacar que todas las conductas mencionadas representan un lineamiento adecuado y esperable de acción por parte del personal de la empresa.

F.- ESTANDARES ÉTICOS

Promovemos el cumplimiento de todas las leyes laborales y de aplicación en nuestro rubro y actuación. Apoyamos los principios del Pacto Mundial emitido por la organización de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos; los Principios y Derechos Fundamentales en el trabajo publicados en 1998 por la Organización Mundial del Trabajo, que son además concordantes con las leyes y normas nacionales, https://www.un.org/es/cr%C3%B3nica-onu/el-pacto-mundial-de-la-onu-la-b%C3%BAsqueda-de-soluciones-para-retos-globales ;  transcribimos y adherimos:

Derechos humanos

Principio 1: las empresas deberían apoyar y respetar la protección de derechos humanos declarados internacionalmente.

Principio 2: las empresas deberían asegurarse de no ser partícipes de vulneraciones de derechos humanos.

Trabajo

Principio 3: las empresas deberían defender la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

Principio 4: las empresas deberían defender la eliminación de todas las formas de trabajo forzado u obligatorio.

Principio 5: las empresas deberían defender la abolición efectiva de la mano de obra infantil.

Principio 6: las empresas deberían defender la eliminación de la discriminación con respecto al empleo y la ocupación.

Medio ambiente

Principio 7: las empresas deberían apoyar un planteamiento preventivo con respecto a los desafíos ambientales.

Principio 8: las empresas deberían llevar a cabo iniciativas para fomentar una mayor responsabilidad ambiental.

Principio 9: las empresas deberían promover el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas con el medio ambiente.

Lucha contra la corrupción

Principio 10: Las empresas deberían trabajar contra la corrupción en todas sus formas, como la extorsión y el soborno.

G.- SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

Cumplimos con las leyes y normas aplicables a salud y seguridad de manera de proveer un ambiente de trabajo sano y seguro, con el fin de proteger la salud del empleado y prevenir accidentes, lesiones y enfermedades relacionadas al trabajo. Cumplimos con los requerimientos de seguridad de la ART que contratamos y  tenemos todos los seguros obligatorios al día.

Se planifica el actuar en caso de cualquier contingencia, por ejemplo incendios, desastres naturales, virus en servidores, pandemias, de manera de proteger a todos los empleados y personal de dirección de la empresa, como asi también a los bienes y oficinas, de manera de solucionar rápidamente las consecuencias y poner operativa a la empresa.

También se aplica un protocolo de COVID 19.

Con trabajo remoto del personal que puede desarrollar sus tareas eficientemente en casa. Sólo asiste personal esencial y suficiente para un funcionamiento normal de las actividades comerciales, asimismo están distanciados más de 2 metros cada ocupante y se dispone de elementos de protección y cuidado, ejemplo: toma de temperatura al ingreso, uso de barbijo en todo momento en la oficina, varios baños sanitizados disponibles, alcohol en gel en todos los lugares comunes. Se prohíbe compartir utensilios. Se mantiene abiertas ventanas de manera de favorecer la ventilación cruzada. Sólo podrá asistir simultáneamente el 25% del personal como máximo. Al egreso se retira toda la basura producida y se sanitiza el lugar.

Ver también https://www.argentina.gob.ar/srt/trabajadores/derechos-y-obligaciones

H.- COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE

Cumplimos con las leyes aplicables a la protección del medio ambiente, para ilustrar enlazamos con el site https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/ley-general-del-ambiente ; https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-25675-79980

En la actualidad con la pandemia de COVID-19, los expertos ya se plantean cuáles son las directrices a seguir en materia de medio ambiente una vez superada la crisis actual; unas directrices que pasan irremediablemente por la necesidad de preservar la biodiversidad. La mejor vacuna para el futuro es proteger la naturaleza y la biodiversidad.

Necesitamos colaborar desde nuestro lugar, promover la sustentabilidad, dar a conocer la problemática al personal, proponer todas las conductas relativas a colaborar con la protección del medio ambiente, como por ejemplo: evitar el uso de envases plásticos (vasos térmicos y utensilios), separar los residuos reciclables, evitar imprimir documentos innecesarios, usar las luces indispensables, apagando los lugares de trabajos sin uso, utilizar los aires acondicionados en 24°.

I.- PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL

Ponemos a disposición de todo el personal para su conocimiento, la normativa vigente, donde se puede consultar todos sus derechos y obligaciones.

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/norma.htm

https://www.sec.org.ar/sec_derechos.php

(http://trabajo.gob.ar/downloads/igualdad/100610_cuadernillo2.pdf )

Comunicación: Ningún empleado podrá  ser privado de comunicarse con personal jerárquico para reportar o denunciar situaciones de:

  • Acoso
  • Discriminación
  • Conflicto de intereses
  • Protección de la maternidad
  • Licencias por enfermedades accidentes laborales.
  • Persecuciones por ideologías o género.

Cualquier inquietud referida a la interpretación de las normas o su aplicación a nuestra organización podrá ser planteada al sector de Recursos Humanos para su correspondiente aclaración, como así también, se podrá consultar con los organismos de protección sindical y el Ministerio de Trabajo en caso de persistir la duda. Es necesario generar un buen lugar de trabajo, lo que se logra con el actuar de conformidad con la ley.

J.- PROTECCION DE LOS DATOS EN EL MANEJO DE LA INFORMACIÓN PERSONAL

DATA CLIENT DE ARGENTINA, respeta y valora la protección de los datos personales de todos sus trabajadores, toda información será manejada como confidencial y sólo proporcionada en la medida de que los organismos y entidades pertinentes lo requieran, por ejemplo ANSES, AFIP, Aseguradora de Riesgo, etc. Corresponde a Recursos Humanos el correcto manejo de la información sensible y privada de los empleados.

Con respecto al conocimiento que se adquiera acerca de información privada o sensible de las empresas con las que tenemos algún vinculo de trabajo, la misma será tratada de manera confidencial, y es utilizada solo en ocasión de las tareas que se efectúen por pedido expreso de las mismas. No se divulgará ni publicará ninguna información que no sea de conocimiento público de las empresas u organismos con los que se generen órdenes de trabajo. Sólo con previa autorización y consentimiento de los involucrados se podrá dar a conocer alguna publicación, pero sólo a manera de publicitar solución exitosa como caso testigo y experiencia de trabajo realizado por nosotros.

Carta de Aceptación

José Benjamín Roldan

Apoderado