Código de Conducta, Principios para Proveedores

PROLOGO

Nuestra PYME se rige por valores universales en el trato con las demás personas, las cuales ya se venían aplicando desde nuestra creación allá por el año 2005. Desde el origen, hemos contado con la ayuda de fabricantes y Distribuidores Mayoristas de Informática, los cuales siempre bregaron por impulsar en todos sus canales respeto por los trato correcto y permanente vigilancia de conductas equivocadas o ilícitas, por tanto, desde el comienzo contamos con reglas claras de conducta social y comercial, la misma está dirigida al funcionamiento y forma de hacer negocios con los diversos actores de nuestra economía, puesto que el rubro al que nos dedicamos, genera interacciones con la mayoría de las empresas de cualquier rubro y calidad, ¡todos necesitan tecnología!

CONSIDERACIONES

Tal y como se refleja en el Código de Ética y Conducta de DATA CLIENT DE ARGENTINA S.R.L. (en adelante “Data Client”), nuestra compañía está comprometida  con altos estándares de integridad.

Data Client aplica una política de “tolerancia cero” en lo que se refiere a comportamiento no éticos, tales como soborno y corrupción.

Esperamos que todos nuestros proveedores se adhieran a éstandares similares.

Como Proveedor, debe cumplir con todas las leyes y normativas aplicables en la República Argentina, y en consonancia los requisitos establecidos en este Código de Conducta para Proveedores de Data Client.

Este Código define los principios más importantes en los que debe fundamentarse su negocio como uno de nuestros proveedores. Para mayor abundamiento se puede dirigir a nuestro site: http://www.dataclient.com.ar/

I. DERECHOS HUMANOS

Como proveedor, usted debe:

  • Respetar la dignidad personal, la privacidad y los derechos de cada individuo;
  • Rechazar hacer trabajar a cualquier persona en contra de su voluntad; y
  • Prohibir comportamiento indebido de palabra, gestual o de contacto físico, que sea sexual, coercitivo, amenazador, abusivo o explotador.

II. CONDICIONES LABORALES JUSTAS

  • La no discriminación es un derecho humano fundamental. Es esencial para que los trabajadores puedan elegir su empleo libremente, desarrollar su potencial al máximo y ser remunerados en base al mérito. Esta prohibida la discriminación en razón de sexo, edad, raza, nacionalidad, religión, discapacidad, afiliación sindical o política u orientación sexual; etc. De conformidad a la ley 23.592 “ACTOS DISCRIMINATORIOS”. http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/20465/texact.htm
  • retribuirá justamente a los empleados y cumplirá la normativa salarial local y/o convenios colectivos y, cuando estos no existan, retribuirá a los empleados de forma que, al menos, puedan satisfacer sus necesidades básicas.
  • garantizará que la jornada laboral, incluyendo las horas extraordinarias, no exceda de los requisitos legales aplicables; de conformidad con la Ley 11.544 de “JORNADA DE TRABAJO”

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/63368/texact.htm

III. SEGURIDAD Y SALUD

Esperamos que los proveedores se esfuercen en la realización e implementación de las normas de salud y seguridad a un alto nivel. Va de suyo que se debe cumplir con las leyes y normas aplicables a la salud y seguridad en el trabajo, como asi también de proveer un ambiente seguro y saludable, a fin de proteger la salud de los trabajadores y prevenir accidentes, lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo. De conformidad a la ley Ley N° 24.557 de “RIESGOS DEL TRABAJO”. https://www.argentina.gob.ar/economia/dpyegp/organosparitarios/cymat

IV. MEDIO AMBIENTE

El Proveedor debe cumplir con todas las leyes aplicables a la protección del medio ambiente, a las regulaciones y estándares, asi como implementar sistemas efectivos para identificar y eliminar daños potenciales al medio ambiente. Algunas recomendaciones:

  • Apaga todos los aparatos eléctricos que no se estén usando.
  • Optimiza el uso de las impresoras a la resolución más amigable con el medio ambiente.
  • Apaga las luces cuando no se usen.
  • Controlar que todos los grifos estén óptimos y no sufran de pérdidas.
  • Optimiza el uso del papel, no imprimir si no es necesario.
  • Decora con plantas los ambientes, ayuda a oxigenar y da más calidez al espacio.
  • Aprovecha la luz del día para realizar la mayor cantidad de tareas posibles y no necesitar después el uso intensivo de la electricidad.
  • Cuidado con la climatización, evitar ambientes muy fríos o bien muy calefaccionados.

V. PAGOS DESHONESTOS/ SOBORNOS

El proveedor debe cumplir  con las leyes nacionales de anticorrupción y sobornos, algo muy importante de gran difusión, de conformidad con la ley 27401 de “Responsabilidad Penal Empresaria”, la cual se encuentra en consonancia con los estándares internacionales anti-sobornos como por ejemplo el indicado en el Pacto Mundial emitido por la ONU. En particular, el proveedor no debe ofrecer servicios, regalos o beneficios a empleados de Data Client con el propósito de influir en la conducta del empleado. Ver site: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/295000-299999/296846/norma.htm ; http://www.dataclient.com.ar/index.php/programa-de-integridad

VI. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES

El proveedor animará a sus proveedores a adherirse a los estándares éticos, los derechos humanos, las normas de seguridad en el trabajo y el cuidado del medio ambiente como parte de sus obligaciones contractuales.

En el marco de nuestra actividad comercial, si usted o sus empleados consideran que los términos del presente Código de Conducta para Proveedores de Data Client no se cumplen, o que Data Client no está actuando conforme a su propio Código de Ética y Conducta, le sugerimos a que plantee sus inquietudes través de los canales de denuncia para terceros de Data Client. Visite http://www.dataclient.com.ar/index.php/canales-para-denuncias

Muchas gracias por su atención, y agradecemos cualquier sugerencia o proposición que ayude a Data Client a perfeccionar su Programa de Integridad.

Carta de Aceptación